Comunales
Condenan 14 años de presidio a autores de homicidio en Los Vilos
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a Michael Bastián Caro Astorga y Hernán Rey Herrada Chandía, a la pena efectiva de 14 años de presidio en calidad de autores del delito de homicidio simple. Ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la comuna de Los Vilos.
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a Michael Bastián Caro Astorga y Hernán Rey Herrada Chandía, a la pena efectiva de 14 años de presidio en calidad de autores del delito de homicidio simple. Ilícito perpetrado en mayo del año pasado, en la comuna de Los Vilos.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 16 de mayo de 2022, a las 16:00 horas aproximadamente, en el interior del domicilio ubicado en calle Rengo, comuna de Los Vilos, Michael Bastián Caro Astorga y Hernán Rey Herrada Chandía, agredieron a la víctima J.G.M.M. en condiciones que el acusado Caro Astorga, premunido de un arma de fuego, procedió a disparar en contra de la víctima impactándolo en la región torácica anterior izquierda, causándole la muerte por una herida de bala torácica anterior complicada, sin salida de proyectil.
Para el tribunal: “En vista de los factores objetivos y relevantes que han sido expuestos, se puede desestimar la imposición de la pena en su mínima expresión. Por lo tanto, este Tribunal tiene la facultad de recorrer la pena en toda su extensión. Debe tenerse en cuenta que la pena correspondiente para este delito es indivisible y está compuesta por un grado de presidio mayor en su grado medio. Por lo tanto, se establecerá el quantum de la pena no en su mínimum, sino en un punto que refleje adecuadamente la gravedad del delito y la magnitud del daño causado”.
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